El protocolo familiar como acuerdo parasocial. Su transcendencia en las empresas de familia.

Tesis de Maestría en Derecho Empresario de la Universidad Austral

Del Magíster César Fuad Pablo Adad
Directora de Tesis: Doctora Susy Bello Knoll

En este trabajo se intentará brindar un panorama general y bastante acabado de lo que se conoce con el nombre de Protocolo de Empresa Familiar. Para lograr tal cometido, en el primer capítulo se hará un breve repaso de la Empresa Familiar con sus características, fortalezas, debilidades y conflictos. Se entiende que el Protocolo es un medio suficientemente idóneo para prevenir y dar solución a los conflictos que puedan suscitarse. En su gran mayoría, los problemas en las empresas familiares tienen su raíz en la escasa o casi nula regulación específica lo que lleva a que deban soportar el peso de una regulación demasiado pesada, exigente e inapropiada para la realidad de estos entes, diferentes a las típicas sociedades de responsabilidad limitada o sociedades anónimas que son las formas societarias que suelen elegir las empresas de familia para constituirse como sociedades comerciales. Asimismo, existe un factor clave de controversia que es el bagaje cultural y la tradición familiar que hace que los miembros de la empresa familiar sean reacios al cambio y les cueste la adaptación, llegando a ser éste una importantísima causal de muerte de las empresas familiares.

En el capítulo  segundo nos dedicaremos a los acuerdos parasociales, refiriéndonos en particular  al Convenio de Sindicación de Acciones, y su aplicación en el derecho comparado. Partiendo de la base de que prácticamente ya nadie duda de la validez de estos acuerdos, incluiremos al Protocolo Familiar como una especie de dicho género.

Finalmente, en el último capítulo nos referiremos de manera detallada al Protocolo Familiar como Acuerdo Parasocial, sus objetivos, contenido, clasificación, límites y su posible aplicación práctica como herramienta fundamental en la vida de las empresas familiares.

Las empresas familiares conforman el modelo societario mayoritario en el mundo y sufren constantemente la falta de su regulación específica y protección legal, lo que lleva a que estadísticamente estén casi condenadas a muerte al llegar, con suerte, a la tercera generación. Para evitar este desenlace, aparece el Protocolo como un medio acertado de organización y prevención, logrando acuerdo y armonía entre los integrantes del grupo social. En él se dejan establecidos los valores fundacionales de la empresa, de la familia y las “reglas de convivencia”, abarcando toda posible situación que pueda acontecer durante la vida del ente y que puede llegar a ser foco de futuros conflictos.

Sin embargo, al ser parasocial, todo esto sucederá fuera del estatuto o contrato social, lo que llevó a un sector de la doctrina a quitarle toda fuerza legal, minimizando su aporte y valor moral. Pese a ello, nos arriesgamos a otorgarle un efecto jurídico, práctico y real que pueda servir a las familias que integran las empresas. Creemos en su fuerza legal y oponibilidad a los demás socios, a la sociedad misma y a terceros contratantes siempre que se den ciertas condiciones. Para sostener dicha postura, nos enfocaremos en los fundamentos que ofrecen aquellos doctrinarios y juristas que ven en el Protocolo como un instrumento necesario y soporte para la continuidad empresarial, especialmente en el momento más difícil que atravesará la organización que es la sucesión generacional.

En el mundo, varios países se preocuparon por las empresas familiares de manera específica, entre ellos España, Italia y Colombia, siendo España el pionero en la regulación y aplicación del Protocolo Familiar a través de un Real Decreto Español que comentamos en el trabajo.

En Argentina se vislumbra el comienzo del interés, al publicarse cada vez más libros referidos al tema y al existir el Instituto Argentino de la Empresa Familiar, con sede en Capital Federal, compuesto por un grupo cada vez mayor de investigadores especializados en el tema y que ofrecen constantemente conferencias y charlas relativas a la cuestión, además de la publicación de libros.

Hacemos votos para que la ciencia jurídica se ocupe cada vez más de dar soluciones a los problemas que plantea la empresa familiar. Esperamos que este trabajo contribuya a ello.


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