Programa del Primer Congreso Peruano de Moda, Etica y Derecho

Los días miércoles 1 de marzo y jueves 2 de marzo de 2017 de 18 a 21 hs.

Lugar de realización:  Auditorio “José León Barandarián” del Colegio de Abogados de Lima, Av. Santa Cruz 255.

Costo:  Entrada libre y gratuita con previa inscripción. Cupos limitados.

Entrega de certificados de asistencia.

Detalle del Programa:

Miércoles 1 de marzo 2017

6 a 7:15 PM: Introducción a la Moda, la Etica y el Derecho

Susy Inés Bello Knoll. Fashion Law Institute Argentina

Chio Lecca. Chio Lecca y Angel Giusti. Fashion School

Francois Vallaeys. Profesor Escuela de Postgrado, Universidad del Pacífico y Presidente de URSULA (Unión de Responsabilidad Social Universitaria Latinoamericana)

7:15 a 7:45 PM break

8 a 9 PM: La Moda, la Etica y el Derecho en Perú

La industria de la Moda. Christian Martínez Villafana. Coordinador Sector Textil de Indumentaria-CCEX de la Cámara de Comercio de Lima.

La protección estatal de las marcas. Oscar Caballero Hinostroza. Oficina de Marcas de INDECOPI.

La publicidad en la Moda. Gustavo M. Rodríguez García. Abogado especializado (Perú)

Jueves 2  de marzo de 2017

6 a 7:15 PM Los negocios y el derecho en la Moda

La crisis en las empresas de Moda. Esteban Carbonell (Perú)

El derecho de la Moda en el Perú. Annalucia Fasson y Juli Gutiérrez Zanelli (Perú)

Las empresas familiares en la Moda. Lucia Spagnolo. Fashion Law Institute Argentina

7:15 a 7:45 PM break

8 a 9 PM: Hacia dónde va la Moda, la Etica y el Derecho

Protegiendo la creatividad. Maritza Reategui (Perú)

Hacia dónde van la Moda y el Derecho. Pamela Echeverría. Fashion Law Institute Argentina


Se entregarán certificados de asistencia a quienes concurran ambos días.

Sorteo y venta de libros de la temática del Congreso.

Vacantes limitadas. Inscripciones Aquí

Informes e inscripciones en www.derechodelamoda.com.ar


Gracias a Carbonell O¨Brian Abogados, Chio Lecca The creativity Lodge,

Fashion Law Institute Argentina.


 

Primer Congreso Peruano de Moda, Ética y Derecho

Congreso Peruano copia

Este Primer Congreso busca ser un puente entre creativos y profesionales del derecho de modo de analizar las potencialidades que pueden asegurar y consolidar el negocio de modo sustentable.

Fecha: Miércoles 1 de marzo y jueves 2 de marzo de 2017.

Horario: de 18 a 21 horas

Lugar: Auditorio “José León Barandarián” del Colegio de Abogados de Lima, Av. Santa Cruz 255.

Con participación de expositores internacionales.

Entrada libre y gratuita con previa inscripción.

Cupos limitados.

Entrega de certificados de asistencia.

INSCRÍBASE AQUÍ

La Protección de la Propiedad Intelectual en la Película Cinematográfica

Por Matías Leguer. Trabajo Final del Premaster Semipresencial CUDES-Universidad Austral Edición 2016.

 

El presente trabajo tiene por objeto indicar las principales características y protecciones legales de los autores y/o titulares de los respectivos derechos intelectuales en relación a la película cinematográfica.

Sumario: 1. Nacimiento de la obra. 2. Complejidad de titulares y derechos en la obra cinematográfica. 3. Medidas específicas para la correcta protección legal de la propiedad intelectual de la obra cinematográfica.

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Impacto de la innovación y la tecnología. Protección legal frente a la creatividad

Por Susy Inés Bello Knoll[1] y Pamela Echeverría[2]. Publicado en el Suplemento de Análisis legal del Diario EL PERUANO, Segunda Etapa, Año 10, No. 619 del 25 de octubre de 2016 en la página 6.

El vocablo “derecho” proviene del latín directum que significa “lo que está conforme a la regla”. Universalmente se concluye que el Derecho es una ciencia social que tiene por objeto, a través de normas, regular la vida en sociedad, estableciendo derechos y obligaciones para asegurar el orden social.

Observamos en lo dicho hasta aquí que la ciencia está íntimamente ligada a la tecnología y que el científico y el técnico realizan trabajos que no son ajenos entre sí[3]. Por ello, siendo el derecho una ciencia, como hemos indicado, participa en el proceso de correlación descripto y trataremos de ilustrarlo con la consideración de algunos temas que relacionan las empresas de la Moda con la Tecnología y el Derecho.

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La problemática de las patentes indispensables en estándares técnicos y la eficacia de los compromisos de licencia en términos FRAND

Por Fernando Carbajo Cascón. Publicado en la Revista Electronica de Direito. Centro de Investigación Juridica Económica. Universidad de Porto, Portugal.OCTUBRE 2016.

 

Patentes esenciales en estándares (SEP); Derecho de la Competencia; Propiedad Intelectual; Licencias justas; razonables y no discriminatorias (FRAND); Emboscada de patentes; Bloqueo de patentes.

RESUMEN: Los estándares tecnológicos pueden aportar sustanciales ventajas para el desarrollo industrial y económico, al tiempo que importantes riesgos para la competencia. Especialmente cuando algunos titulares de patentes indispensables aprovechan para desplegar estrategias orientadas a exigir elevados royalties, bajo la amenaza de no conceder licencia y ejercer acciones por infracción de su derecho de patente. Las políticas FRAND desarrolladas por las organizaciones de estandarización no son eficaces por sí solas para superar esta situación, siendo necesario recurrir al derecho de la competencia para prevenir y reprimir comportamientos incorrectos de las empresas que participan en el estándar poniendo en riesgo la competencia en el mercado. No obstante, la solución final del problema va a depender de una adecuada definición del procedimiento para negociar y del contenido preciso de licencias en condiciones justas, razonables y no equitativas (FRAND).

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Derecho de la moda ¿rama del derecho?

«El árbol de las leyes ha de podarse continuamente”. Anatole France.

 

 Por Mario Dubois. Miembro del Fashion Law Institute Argentina.

 

Siguiendo al Maestro LLambías, el derecho puede ser definido como el conjunto de normas aplicadas coercitivamente por la autoridad pública[1].

Para poder realizar el estudio y aplicación de las mismas es necesario agruparlas científicamente, en razón de su cantidad y variedad.

La más amplia agrupación surge de la clasificación que viene del derecho romano que los divide en derecho público y derecho privado dependiendo del interés que protegía la norma, si era el del Estado o el de los particulares.

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Comparando Modelos: Derecho de la Moda en Juris Diversitas

Por Susy Inés Bello Knoll. Publicado en la web chilena LWYR el 30 de julio de 2016.

 

Del 31 de mayo al 1 de junio de 2016 se realizó la Conferencia Anual de Juris Diversitas. Juris Diversitas se fundó en el año 2007 como una comunidad internacional e interdisciplinaria para el estudio de la diversidad de normas y movimientos legales alrededor del mundo. Originalmente estaba sólo compuesta de especialistas en derecho comparado pero poco a poco se fue abriendo al trabajo multidisciplinario con lingüistas, sociólogos, geógrafos, antropólogos, historiadores, economistas y filósofos, dentro y más allá de la ley, de modo de explorar la interacción de ella con todas las ramas de las ciencias humanas y sociales.

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The Protection of the Viktor &Rolf Fashion-Art Trademark

By Lígia Carvalho Abreu, Pamela Echeverria and Susy Bello Knoll. Published in WWW.FASHIONMEETSRIGHTS.COM with potos by Viktor & Rolf and Rijksmuseum. April, 2016.

 

We know that each age establishes a definition of art and also a definition of fashion. But each time, both art and fashion have something to say about people´s culture, history and their feelings. Fashion builds parameters of visibility and any kind of art, thus constructing a visual world. Instead of the painter’s personal way of thinking, creation shows others a particular vision that generally expresses the situation of society. Because of that, this art helps us to understand the history as Plato once explained in chapter ten of the Republic.

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Las empresas del sector de la moda, la tecnología y el derecho

Por Susy Inés Bello Knoll[1] y Pamela Echeverría[2]. Artículo preparado para PUCP, Perú, noviembre de 2015.

 

Resumen

El presente trabajo analiza la relación de los conceptos de moda, tecnología y derecho bajo la perspectiva de la propiedad intelectual. En particular, desde la incipiente especialidad del derecho de la moda, apunta distintas cuestiones que merecen atención jurídica en una de las industrias con más impacto en la economía de la mayoría de los países del globo.

Palabras clave:

Moda – Tecnología – Derecho de la Moda – Innovación- Propiedad Intelectual

Abstract

This work analizes the relation between the concept of fashion, technology and law through an intellectual property view. Specially, with the fashion law perspectives, it indicates the issues that we need to pay attention to,  in one of the industries with more economic impact all over the world.

Keywords:

Fashion – Technology – Fashion Law – Innovation- Intellectual Property

Sumario: 1. Las empresas del sector de la Moda. 2. La tecnología en la Moda. 3. Relaciones entre las empresas de la Moda, la Tecnología y el Derecho. 4. La Propiedad Intelectual como herramienta jurídica al servicio de la Tecnología en las empresas de la Moda. 4.1. Las impresoras 3-D. 4.2.  Wearable technology. 4.3. Las marcas. 4.4. Los secretos industriales. 4.5.  Diseños industriales. 4.6. Derecho de autor. 5. Reflexiones finales.

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