Tipificación de los contratos de comercialización en el Proyecto de Código Civil y Comercial

Por Martín Caselli. Publicado en Jurisprudencia Argentina el 1 de mayo de 2013.

 

Sumario: 1. Introducción: Ámbito y tipo de contratos contemplados – Su relación con las Relaciones de Distribución. 2.  Incorporación legal del contrato de Agencia. 3. Incorporación legal del contrato de Concesión. 4. Aplicación de las normas del contrato de Concesión a los contratos de Distribución Comercial y comercialización de software; 5. Incorporación Legal del Contrato de Franquicia. 6. Conclusiones.

1. Introducción: Ámbito y tipo de contratos contemplados – Su vínculo con las Relaciones de Distribución

El Proyecto de Código Civil y Comercial y Comercial de la Nación remitido por el Poder Ejecutivo Nacional al Poder Legislativo Nacional mediante mensaje N° 884/2012 de fecha 7 de junio de 2012 (“Proyecto de Código Civil y Comercial y Comercial”) se propone incorporar a nuestro plexo normativo cuatro figuras contractuales de fuerte vigencia en las estructuras de comercialización modernas. De ese modo, contaremos  con un elenco de contratos tipificados que se desarrollarán sobre un terreno extraordinariamente fértil y rico en principios provenientes de la jurisprudencia que magistralmente ha dotado de inhabitual experiencia a las nóveles normas legales que se estrenarán.

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La necesaria innovación en las instituciones administrativas: organización, procedimiento, función pública, contratos administrativos y regulación

Libro de Ricardo Rivero Ortega publicado por Instituto Nacional de Administración Pública, Colección Estudios y documentos, 2012, Madrid. Nota bibliográfica de Susy Inés Bello Knoll publicada en Suplemento de Derecho Administrativo, Jurisprudencia Argentina, Abeledo Perrot, 25 de septiembre de 2013, 2013-III, fascículo 13.

 

Esta obra del catedrático español de Derecho Administrativo Ricardo Rivero Ortega, hoy decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Salamanca, no es una más de su extensa edición bibliográfica. Este trabajo se compromete profundamente con la realidad de la Administración Pública (en adelante AP) en España y en el mundo y acerca propuestas interesantes que conducen a una AP inteligente y eficaz. Sigue leyendo

Un nuevo estado contable en las normas técnicas: el balance social

Por Susy Inés Bello Knoll[1]. Publicado en Enfoques, Editorial La Ley, Número 11, noviembre 2013, pág. 103.

 

Sumario: 1. Introducción. 2. El balance social. 3. Resolución técnica 36 de la F.A.C.P.C.E.: Normas contables profesionales: Balance social. 4. GRI (Global Reporting Iniciative). 5. Hacia un nuevo estado contable obligatorio. 6. Conclusiones.

1. Introducción

La contabilidad pretende informar apropiadamente sobre lo sucedido en los entes, ayuda a entender los efectos y causas de lo acontecido con datos de la realidad y se le atribuye la utilidad de contribuir a la toma de decisiones[2]. Siempre ella ha buscado que la información que brinda sea completa recurriendo a distintas herramientas para adicionar datos relevantes para los usuarios. Hace algunos años se acostumbraba, por ejemplo, a utilizar las cuentas de orden para integrar información sobre contingencias. Luego se recomendó la supresión de estas cuentas de orden ya que las notas a los estados contables hacen innecesaria su existencia[3]. Hoy estas notas incluyen basta información que amplía los detalles brindados por los estados contables.

A la Contabilidad no le es indiferente el impacto social que produce la actividad de las organizaciones y hasta se reconoce en ella una nueva rama denominada Contabilidad Social[4] que prescinde de una mera consideración economicista de la materia[5]. Sin embargo no basta la contabilidad financiera ni los parámetros monetarios contenidos en ella para revelar acabadamente la repercusión de las actividades del ente en el medio social y ambiental en que se desenvuelve.

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Teletrabajo. Normativa aplicable en Argentina y análisis del tema en el derecho comparado

Por Tomás Thibaud. Trabajo elaborado en el marco de la materia Derecho Laboral en la Maestría de Derecho Empresario de la Universidad Austral. Buenos Aires, 2014.

 

Sumario: 1. Introducción. 2. ¿Qué es el teletrabajo y cuál es la normativa aplicable?. 3. Derecho comparado. 4. Conclusión. 5. Bibliografía.

1. Introducción

El mundo esta en permanente evolución y el ambiente laboral no es ajeno a ello. Las relaciones de las empresas con sus empleados deben ir adaptándose a la realidad actual, y con ello el Teletrabajo es una modalidad de trabajo a distancia que las empresas comienzan a implementar, tanto en beneficio de los empleados como de las empresas mismas.

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El fenómeno de internet y la oferta pública irregular. Su detección y análisis.

Por Marcelo A. Camerini. Publicado en Revista de Derecho Bancario y Financiero, Nº 3, feb. 2012, en www.IJEditores, del 28-2-2012.

 

Sumario: 1. Introducción. 2. La norma jurídica (art. 16 Ley 17.811). 3. Su interpretación. 4. Síntesis de antecedentes. 5. El fenómeno del uso de medios electrónicos. Su regulación. 6. Derecho comparado. 7. Organismos internacionales. 8. Conclusión.

1. Introducción

Internet, es un nuevo medio de comunicación, que vienen a cambiar el paradigma de la forma de comunicarse de los seres humanos, pero también a cambiar la forma de acceder al conocimiento, ya que no es solo un fenómeno de telecomunicaciones, sino que es una herramienta cultural[1].

¿Pero qué es Internet?. Acceder a Internet implica estar conectado al conjunto total de computadoras que forman la red. Este ingreso implica la conexión en igualdad de condiciones para todos los participantes de la misma[2].

Indica Martínez Fazzalari[3], que: “esta conectividad, se conoce como la conexión de [todos contra todos] y presenta dos aspectos: a).- el acceso desde cualquier región geográfica del planeta, b).- el acceso uniforme al conjunto de información allí reunida, cada usuario ingresa al conjunto de la información, sin que ella se altere por su uso o requerimiento de otro usuario”.

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Reporte II Jornada Argentina de “La moda y el derecho” y I Jornada Latinoamericana de «derecho y negocios de la industria de la moda»

Título del Reporte: “Conclusiones que tomé prestadas de II Jornada Argentina de “La Moda y el Derecho y I Jornada Latinoamericana de Derecho y Negocios de la Industria de la Moda”

 

Por Josefina Serigos. Abogada UBA asistente a las Jornadas.

 

La moda tiene mala reputación ya que se vincula casi inmediatamente a la frivolidad. Ésta conexión no es caprichosa porque si hacemos una mirada rápida, superficial, la moda es tendencia, belleza, y por qué no, snobismo. Pero la realidad reviste mucha más profundidad puesto que al tener la moda un rol tan protagónico en la economía mundial, ésta tiene otras implicancias, tanto económicas como sociales.

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La moda, el derecho y la responsabilidad social empresaria. Relaciones e intercambios entre tres universos.

Por Susy Bello Knoll y Pamela Echeverría. Publicado en el Suplemento de Responsabilidad Social, RS, del diario Tiempo Argentino del domingo 6 de julio de 2014.

 

Hace sólo unos pocos años que el derecho le empezó a prestar atención a la moda. No simplemente como una moda sino para apoyar una industria que está entre aquellas que más impacto económico tienen en la sociedad. Giran en torno a la moda miles de puestos de trabajo, de cadenas de valor, de nuevas ideas y de grupos de afinidad. El derecho resulta una flecha que cruza todas las actividades que se desarrollan en el sector. Todos los negocios que se generan a raíz de esta industria están normados y regidos por disposiciones legales tanto nacionales como internacionales y vemos con claridad la relación entre el derecho y la moda. Las empresas de moda son aquellas que se ocupan de la creación, desarrollo y comercialización de una amplia gama de productos, dentro de los cuales, entre otros, encontramos indumentaria, calzados, textiles, accesorios y cosmética; y recientemente incorporados, también entre otros, artículos del hogar, tecnología y mobiliario.

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II Jornada Argentina de “La moda y el derecho” y I Jornada Latinoamericana de Derecho y Negocios de la Industria de la Moda

Jueves 21 de Agosto y Viernes 22 de Agosto de 2014

Organiza: Asociación de Graduados de la Facultad de Derecho de la Universidad Austral y Centro de Estilo de Vida y Moda, IAE Business School

Lugar de realización: Palacio Balcarce, Salones San Martín y Newbery

Av. Quintana Nº161, Recoleta, Buenos Aires www.palaciobalcarce.com.ar

Comité organizador:

Susy Inés Bello Knoll

Lucía Druetta

Pamela Echeverría

Lorena Fabris

Laura Ortemberg

Lucía Spagnolo

PRIMER DIA: Jueves 21 de Agosto de 2014

9 hs.: Palabras de apertura

Mañana

De 9.15 hs a 11 hs: 1º Bloque: Derecho de la Moda o Fashion Law

Coordinador del panel: Pamela Echeverría

Primer disertante: Situación en la Republica Argentina. Sofía Marré.

Segundo disertante: El derecho de la moda en Brasil. André Mendes (Brasil)

Tercer disertante: La moda como actividad que requiere regulación. Jimena Rodríguez Donoso (Chile)

Cuarta disertante: La moda y la propiedad intelectual en Colombia. Brenda Salas (Colombia)

Cierre del Panel: Juan Pozzo. Los emprendedores y la propiedad intelectual. Miembro y ex Vicepresidente de la Cámara de Agentes de la Propiedad Industrial de la República Argentina.

11.00 a 11.30 Break

De 11.30 a 13.15 hs: 2º Bloque: La sociedad y la moda

Coordinador del panel: Lucia Druetta

Primer disertante: Redes sociales y tecnología 2.0 en la Moda. Fernando Tomeo

Segundo disertante: La moda y los medios de comunicación. Ariel Neuman. Director de Revista AUNO

Tercer disertante: Derecho a la imagen y Moda. Christian Vidal Beros (Chile)

Cuarta disertante: The Leading Salons of World: Your Beauty Tailor. Maren Sostmann (USA-Alemania)

Cierre del panel: Fabiana Araujo

13.15 a 14.30 hs: Almuerzo libre.

Tarde

De 14.45 a 16.30 hs: 3º Bloque: Protección de derechos en la moda

Coordinador del panel: Laura Ortemberg

Primer disertante: Modelos Industriales, Marcas y Patentes en la Moda. Mónica Witthaus

Segundo disertante: El Estado regulando la moda. Miriam Ivanega

Tercer disertante: Piratería y Copias. Experiencias en el mundo. Gustavo Giay

Cierre del panel: Alejandro Linares Luque. Distrito de Diseño Ciudad Autónoma de Buenos Aires

De 16.30 a 17 hs Break

De 17.15 a 19 hs: 4º Bloque: Negocios y contratos

Coordinador del panel: Karen Jadue Becker (Chile)

Primer disertante: Contratos internacionales. Martín Paiva

Segundo disertante: Estilo Comercial de las cadenas y locales y su protección jurídica. Martín Caselli

Cierre del panel: Instituto de Propiedad Industrial del Colegio Público de Abogados de Capital Federal

SEGUNDO DIA: Viernes 22 de Agosto de 2014

9 hs. Palabras de apertura por la Facultad de Derecho

Mañana

De 9.15 hs a 11 hs: 1º Bloque: Derecho de la Moda o Fashion Law

Coordinador del panel: Lucía Spagnolo

Primer disertante: Marcelo Codas Fontanilla (Paraguay)

Segundo disertante: Esteban Carbonell O´Brien (Perú)

Tercer disertante: Verónica Vanrell (Uruguay)

Cierre del Panel: Hugo Rivas. Coordinador del Centro de la Propiedad Intelectual – Universidad Austral. (Guatemala)

11.00 a 11.30 Break

De 11.30 a 13.15 hs: 2º Bloque: La sociedad y la moda

Coordinador del panel: Laura Ortemberg

Primer disertante: La moda y conflictos en aduana. Marcelo García Sellart

Segundo disertante: Mediación. Mario Dubois

Tercer disertante: La educación y la moda. Lorena Fabris

Cierre del panel: Paola Cirelli

13.15 a 14.30 hs: Almuerzo libre.

Tarde

De 14.45 a 16.30 hs: 3º Bloque: Conflictos de derechos en la moda

Coordinador del panel: Lucía Spagnolo

Primer disertante: Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en conflictos de la industria. Gloria Manriquez

Segundo disertante: Sindicatos y trabajo esclavo. Roberto Abieri

Tercer disertante: Talleres clandestinos. Susana Saulquin

Cuarto disertante: Gustavo Vera. Legislador de la Ciudad de Buenos Aires y Fundador de La Alameda

Cierre del panel: Moda sustentable. Miguel Ángel Gardetti. Red Argentina del Pacto Mundial – Naciones Unidas y Centro Textil Sustentable

De 16.30 a 17 hs Break

De 17.15 a 19 hs: 4º Bloque: Negocios y contratos

Coordinador del panel: Pamela Echeverría

Primer disertante: Derecho de la competencia. Diego Povolo. Vicepresidente II de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia

Segundo disertante: Empresas mineras y Moda. Florencia Heredia

Tercer disertante: Bea Pellizari – La Usina

Cuarto disertante: La Moda y el Derecho Penal. Carlos Gonzalez Guerra

Cierre del panel: Alejandra Gougy. Cosecha Vintage. De los pies al corazón.

19 hs. Finalización.

Consulta e inscripciones

María Victoria Díaz Lynch mdiazlynch@austral.edu.ar

y/o

Pamela Echeverría info@pamelaecheverria.com

Valor de inscripción

$950 a partir del 15 de julio de 2014 por los dos días de Jornadas

Opción a almuerzo ejecutivo con reserva $110.- por almuerzo


Descargar PDF: Programa Jornadas Derecho y Moda (1)


 

Las monedas virtuales o criptomonedas. Reseña corta sobre bit coin

Por  Cecilia Lanús Ocampo. Doctora en Finanzas, UCEMA. Publicado en LA LEY 09/06/2014, 09/06/2014, 9. Cita Online: AR/DOC/1699/2014.

 

Sumario: 1. Las monedas virtuales o criptomonedas. 2. Del «b-money» al «Bitcoin». 3. ¿Cómo se emite una moneda virtual o criptomoneda? 4. Muchos gobiernos preocupados por no saber cómo regularlas. ¿Es ajeno nuestro Banco Central?

1. Las monedas virtuales o criptomonedas

En los tiempos de las tiendas virtuales, de los mercados virtuales, la banca virtual ¿llega la hora de las monedas virtuales?

Las monedas virtuales o criptomonedas, no son moneda al no tener curso legal ni poseer respaldo alguno. No son emitidas por ningún Banco Central pero en la práctica hoy son una preocupación para las autoridades monetarias. Hay miles de personas en el mundo que tímidamente se han animado a pactar contratos en esta cuasi moneda. Hay muchas personas en el globo que hoy invierten, contratan servicios, compran y pagan en esta especie.

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Responsabilidad de los buscadores de internet por noticias falsas sobre una empresa

Por Gonzalo S. Massa Calderón. Trabajo FINAL DEL Premaster SEMIPRESENCIAL CUDES-UNIVERSIDAD AUSTRAL. Edición 2013.

 

Sumario: 1. Introducción. 2. El caso concreto. 3. Naturaleza jurídica. 4. Bibliografía.

1. Introducción

A principios de la década del 90´ comienza en todo el mundo el auge de lo que hoy en día es considerado elemental prácticamente para cualquier ser humano que necesite comunicarse, informarse y llevar adelante sus negocios así como casi la totalidad de sus relaciones diarias. Esta herramienta indispensable denominada Internet ha modificado para siempre los hábitos de todos nosotros revolucionando la manera en la que nos informamos e interrelacionamos con la sociedad. La información que años atrás podía llegar a demorar días o hasta semanas para ser recibida por otro hoy se ha reducido a segundos. De la forma más sencilla, con un computadora con acceso a internet o simplemente con un celular cualquiera puede sembrar en este universo de información, hectáreas de  opiniones, comentarios o enterarse de lo que está ocurriendo del otro lado del mundo en ese mismo instante.

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