Manuel Belgrano, el abogado

Por Susy Bello Knoll[1]. Publicado el 19 de junio de 2020 en ElDial.com a los 200 años de la muerte de Belgrano.

 

Con la sola mención del nombre de Manuel Belgrano se recuerda la creación de la bandera argentina por él, su gloria en las batallas de Salta y Tucumán, sus derrotas, la cercanía con la gente acompañando el Éxodo Jujeño pero pocas veces se habla del abogado.

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Un defensor del comercio y la navegación de hace más de 200 años

Por Susy Bello Knoll[1]. Publicado en Mercojuris.com el 16 de junio de 2020 a los 200 años de la muerte de Manuel Belgrano.

 

El 6 de junio de1770, hace 250 años, nacía Manuel José Joaquín del Corazón de Jesús Belgrano, en el seno de una familia donde el padre era un inmigrante italiano dedicado al comercio.

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La actuación de los peritos contadores en causas societarias en referencia a los revalúos técnicos y los aportes irrevocables para futuras suscripciones de capital

Por Susy Inés Bello Knoll[1] y Cecilia Piacquadio[2]. Publicado en EL Dial.com el 13 de septiembre de 2017

Sumario: 1. La pericia contable. 2. Las causas societarias. 3. Tareas de los peritos contadores en las causas societarias. 4. Anticipos de honorarios y honorarios de las tareas periciales. 5. Algunas reflexiones a modo de conclusión.

En el presente trabajo se detalla la tarea del perito contador como auxiliar de la justicia, en particular en las causas que involucran cuestiones societarias relacionadas con los revalúos técnicos y los aportes irrevocables para futuras suscripciones de capital donde el trabajo de dicho profesional se convierte en determinante, muchas veces, para la solución de las mismas. En virtud de ello también se realiza un análisis de lo referido a la compensación económica por el trabajo realizado y los anticipos para el desenvolvimiento de la labor pericial.

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Incompatibilidad profesional entre contadores y abogados en la Provincia de Buenos Aires

Nota al fallo: “Napoli, Marcelo Rafael c. Provincia de Bs. As. s/ inconst. art. 3 ley 5177” de la  Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires del 28/10/2015.

Por Susy Inés Bello Knoll[1]. Publicado en el Primer Número de la Revista de Graduados de Derecho de la Universidad Austral. IJ Editores, agosto de 2016.

Sumario: 1. El caso. 2. La ley aplicable. 3. Los derechos involucrados. 4. Reflexiones finales.

1. El caso

Marcelo Rafael  Nápoli, invocando su carácter de graduado en Derecho,  promueve demanda originaria de inconstitucionalidad  (arts. 161 inc. 1 Constitución de la Provincia de Buenos Aires.; 683 a 688 Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires)  procurando la invalidez del inciso “e” del artículo 3 de la ley de la Provincia de Buenos Aires 5.177, el que establece que no podrán ejercer la  abogacía, por incompatibilidad absoluta, entre otros sujetos, los  contadores públicos.

Relata el actor que se graduó como contador público el día 7 de marzo de 2003 en la Universidad Católica Argentina Santa María de los Buenos Aires (UCA),  iniciando el ejercicio profesional en la jurisdicción de  la Provincia de Buenos Aires el día 15 de octubre de 2004,  encontrándose matriculado en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires e  inscripto en el Consejo Profesional de Lomas de Zamora.

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Un nuevo estado contable en las normas técnicas: el balance social

Por Susy Inés Bello Knoll[1]. Publicado en Enfoques, Editorial La Ley, Número 11, noviembre 2013, pág. 103.

 

Sumario: 1. Introducción. 2. El balance social. 3. Resolución técnica 36 de la F.A.C.P.C.E.: Normas contables profesionales: Balance social. 4. GRI (Global Reporting Iniciative). 5. Hacia un nuevo estado contable obligatorio. 6. Conclusiones.

1. Introducción

La contabilidad pretende informar apropiadamente sobre lo sucedido en los entes, ayuda a entender los efectos y causas de lo acontecido con datos de la realidad y se le atribuye la utilidad de contribuir a la toma de decisiones[2]. Siempre ella ha buscado que la información que brinda sea completa recurriendo a distintas herramientas para adicionar datos relevantes para los usuarios. Hace algunos años se acostumbraba, por ejemplo, a utilizar las cuentas de orden para integrar información sobre contingencias. Luego se recomendó la supresión de estas cuentas de orden ya que las notas a los estados contables hacen innecesaria su existencia[3]. Hoy estas notas incluyen basta información que amplía los detalles brindados por los estados contables.

A la Contabilidad no le es indiferente el impacto social que produce la actividad de las organizaciones y hasta se reconoce en ella una nueva rama denominada Contabilidad Social[4] que prescinde de una mera consideración economicista de la materia[5]. Sin embargo no basta la contabilidad financiera ni los parámetros monetarios contenidos en ella para revelar acabadamente la repercusión de las actividades del ente en el medio social y ambiental en que se desenvuelve.

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La responsabilidad social empresaria de los profesionales en ciencias económicas

Por Susy Inés Bello Knoll. Publicado en la Revista FONRES No. 20 del mes de septiembre de 2013, página 28 y ss.

 

En todo el territorio de la Nación se entiende por profesionales en ciencias económicas, según la ley 20.488, a las personas con títulos habilitantes que ejercen las profesiones de Licenciado en Economía, Contador Público, Licenciado en Administración y Actuario y sus equivalentes. Así básicamente el Licenciado en Economía se especializa en el asesoramiento económico y financiero; el Contador Público en materia económica y contable; el Licenciado en Administración en lo relativo a dirección y administración y el Actuario sobre cuestiones técnicas relacionadas con la estadística y el cálculo de probabilidades.

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Medir la responsabilidad social empresaria

Por Susy Inés Bello Knoll[1]

Publicado en el Anuario 2011 Fonres RSE pág. 9.

Sócrates declaró que una vida sin reflexión no merecía ser vivida. Este filósofo griego impulsaba la evaluación constante y el esfuerzo de mejorar. Por ello es importante que periódicamente las empresas brinden un panorama de los esfuerzos realizados en el marco de la Responsabilidad Social Empresaria.

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Comentarios al Proyecto de Ley de Balance Social

Comentarios al Proyecto de Ley de Balance Social en Empresas Estatales y aquellas en que el Estado Argentino tiene participación accionaria presentado por la senadora María Laura Leguizamón el 26 de abril de 2012.

INFORME EMITIDO POR EL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN No. 3005/2008 “Legislación de la información contable y de gestión en materia social en la Argentina” dirigido por el Profesor Emérito Dr. Carlos Luis García Casella en el Centro de Modelos Contables de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires e integrado por las profesoras Susy Inés Bello Knoll, Isabel Blanco y Alessandra Minnicelli.

 

Consideraciones generales:

En primer lugar celebramos la iniciativa en virtud de considerarla un claro impulso de la temática de Responsabilidad Social (en adelante RS) que, a nuestro criterio, supone un compromiso que deben asumir todos los actores sociales.

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La Empresa Familiar: marco de desarrollo emprendedor

Conferencia en Instituto Argentino de Empresa Familiar Día 23 de noviembre de 2011: “La Empresa Familiar: marco de desarrollo emprendedor”

por la Dra.Susy Bello Knoll, Abogada, Contadora y Doctora de la Universidad de Salamanca

En primer lugar quiero agradecer al Instituto Argentino de Empresa Familiar, en especial al Dr. Eduardo Favier Dubois junior, quien me convocó a esta charla del día de hoy. Gracias al Colegio de Escribanos que nos dá su espacio y gracias a cada uno de Uds. que han venido hoy hasta aquí con la mejor voluntad para escuchar. Debo aclarar antes de comenzar que Eduardo Favier Dubois junior comprobó que ya estoy recuperada casi totalmente y que no se me volaron las ideas cuando me abrieron la cabeza por lo que no diré tonterías pero si las digo buscaré un culpable como hace todo emprendedor cuando fracasa en su primer emprendimiento.

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Sociedades comerciales de graduados en ciencias económicas y sociedades comerciales interdisciplinarias

Revista Jurídica La Ley, Tomo 2004-A.

Por Susy Inés Bello Knoll

El miércoles 24 de septiembre de 2003 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución del Consejo Directivo del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de fecha 20 de agosto de 2003 que aprueba el Reglamento de Sociedades Comerciales de Graduados en Ciencias Económicas y de Sociedades Comerciales Interdisciplinarias.

Este Reglamento, que seguramente dará mucho que hablar a la ciencia jurídica, no hace más que reafirmar las atribuciones que el citado Consejo tiene en el marco de los artículos 5 y 6 de la Ley 20.488 que regula el ejercicio de las profesiones en Ciencias Económicas.
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