STR (Social Tech Responsability): un nuevo concepto. STR (Social Tech Responsability): a new concept

Por/by Susy Inés Bello Knoll & Mariano Russo

Encontramos importante cantidad de trabajos referidos a la responsabilidad social empresaria, ya sea de empresas privadas o públicas. En muchos casos se enfocan a determinados tipos de organizaciones como las industriales o las mineras reclamándoles responsabilidad para con su personal y sus productos a unas y para con el medio ambiente a las otras.

Las empresas tecnológicas también pueden sumarse a este movimiento para sumar esfuerzos en mejorar el mundo.

Technologies corporations can be principal actors of the movement of the social responsability.

Sigue leyendo

Los impuestos recaen sobre los más pobres: un estudio desde el Partido de La Matanza. The taxes relapse on the poorest: a study from the Municipality of La Matanza.

Jorge Eduardo Devesa, Docente e Investigador, Doctorando en Ciencias Económicas Universidad Nacional de La Matanza – UNLaM,Buenos Aires, Argentina.

Ponencia presentada en el XI Congreso Internacional de Ciencias Economicas y Empresariales de la Universidad de Camaguey, Cuba, Junio 2010.

 

Resumen

Los impuestos son la fuente principal de recursos del Estado, para que este pueda brindar los servicios esenciales para la vida en sociedad: salud, educación, justicia y seguridad; asegurando de este modo los derechos humanos básicos a cada uno de los habitantes de un país. Pero junto a ello, son además un instrumento central de la política económica.  La naturaleza o característica del sistema tributario, incide en la distribución del ingreso, y puede constituir además una herramienta eficaz para luchar contra la pobreza y la desigualdad. En Argentina y en America Latina, desde la década del 70 el sistema tributario se fue conformando esencialmente de impuestos regresivos, que recaen sobre los mas pobres, lo que ha agravado la desigualdad entre los distintos sectores sociales y contribuido a incrementar la pobreza. El Partido de La Matanza, a menos de 30 minutos de la ciudad de Buenos Aires, es el de mayor población de la Argentina, y donde se grafica como en pocos lugares estás inequidades,  que solo podrán superarse si comprendemos que el camino de construir un país para todos, necesita un Estado donde todos participemos.  Para  ello hacer un sistema tributario mas progresivo posibilitará contar con los recursos para lograrlo y al mismo tiempo atacar las causas de la desigualdad y la pobreza.

Abstract

Taxes are the main source of resources of the State, so that this can provide essential services for life in society: health, education, justice and security; thus ensuring basic human rights to each of the inhabitants of a country. But at the same time, are also a central instrument of economic policy.  The nature or feature of the tax system, affects the distribution of income, and may constitute also an effective tool to combat poverty and inequality. In Argentina and Latin America, from the 1970s tax system it was forming essentially taxes regressive, on the most poor, which has aggravated the sectors contributed to increase poverty and social inequality. The Municipality of La Matanza, less than 30 minutes from the city of Buenos Aires, is the largest population of Argentina, and where is graphic as few places you are inequities that alone may be overcome if we understand that the road to building a country for all, need a State where all participate.  So make a tax system more progressive allow have resources to achieve this and at the same time address the causes of inequality and poverty.

Sigue leyendo

Régimen de responsabilidad de directivos de clubes de fútbol que hubieran adecuado sus estatutos a los requerimientos AFA

Publicada en la revista de Derecho del Deporte de la Universidad Austral 2011

 

Por Sebastián Balbín y Alfonso Mingo Jozami

 

La administración patrimonial de los clubes y el contralor de la Asociación del Fútbol Argentino[1]

Dada la magnitud e importancia de la cuestión relativa a la administración de los clubes de fútbol, y la preocupación que generan las lamentables experiencias financieras que aquejan a los clubes –con declaración de quiebra en varios casos-, en 1999 la Asociación del Fútbol Argentino estatuyó un sistema de control en este sentido, incorporando un régimen sancionatorio aplicable para el caso de incumplimiento del nuevo sistema de control.

Sigue leyendo

Algunas reflexiones sobre la forma en que se solventan las auditorías previstas en el Régimen de Promoción de la Industria del Software

Publicado en Doctrina Tributaria ERREPAR (DTE), Tomo: XXXI, mes de noviembre de 2010.

 

Por Fernando E. Morera Martínez y Gonzalo López Suriano

“Podemos decir que las tasas nacionales no responden a ningún concepto financiero o jurídico, moviéndose –casi siempre en alza- al azar de exigencias monetarias gubernativas; unas veces se fijan conforme al valor de los bienes afectados, otras según montos fijos, sin responder a criterio alguno de racionalidad”[1]

  Sigue leyendo

Caso Sancor CUL c/ DGA. Novedoso enfoque a la polémica por los derechos de exportación. Lo que no aconteció, pero seguramente ocurrirá: La intervención del TPR MERCOSUR

Publicado en www.aduananews.com

 

Manuel Iturrioz[1]

Este trabajo tiene por finalidad efectuar una reseña de lo decidido por la Corte Suprema y la Cámara Contencioso Administrativo Federal al intervenir en la causa “Sancor CUL c/ DGA”. En este caso, la parte actora (apoyándose en disposiciones del Tratado de Asunción)  cuestionó la constitucionalidad de la Resolución Nro. 11/02 del Ministerio de Economía, que fija derechos de exportación  de distintas mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del MERCOSUR.

El Tribunal, haciendo lugar al pedido de una de las partes,  formuló una solicitud de opinión consultiva al Tribunal Permanente de Revisión del MERCOSUR, en los siguientes términos: “¿El Tratado de Asunción impone a los Estados miembros del MERCOSUR la obligación de abstenerse de establecer derechos a la exportación de mercaderías originarias de uno de ellos y destinadas a otros Estados miembros?”. Cuando la emisión de la opinión consultiva y su posterior instrumentación en una sentencia local parecían hechos consumados, el  desistimiento interpuesto por Sancor CUL dejó sin efecto tal pedido.

  Sigue leyendo

Comentarios al Proyecto de Ley de Balance Social

Comentarios al Proyecto de Ley de Balance Social en Empresas Estatales y aquellas en que el Estado Argentino tiene participación accionaria presentado por la senadora María Laura Leguizamón el 26 de abril de 2012.

INFORME EMITIDO POR EL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN No. 3005/2008 “Legislación de la información contable y de gestión en materia social en la Argentina” dirigido por el Profesor Emérito Dr. Carlos Luis García Casella en el Centro de Modelos Contables de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires e integrado por las profesoras Susy Inés Bello Knoll, Isabel Blanco y Alessandra Minnicelli.

 

Consideraciones generales:

En primer lugar celebramos la iniciativa en virtud de considerarla un claro impulso de la temática de Responsabilidad Social (en adelante RS) que, a nuestro criterio, supone un compromiso que deben asumir todos los actores sociales.

Sigue leyendo

El buen gobierno corporativo en las empresas y sociedades del Estado

Publicado en El Derecho: 223:727.

 

Por Pablo H. Della Picca

 

INTRODUCCION

 

En el mes de mayo de 2006 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 37/06 de la Sindicatura General de la Nación –en adelante SIGEN– por la cual se aprueban las “Normas Mínimas de Control Interno para el Buen Gobierno Corporativo en Empresas y Sociedades del Estado”. La misma comenzó a regir a partir del año 2007.

Nos proponemos en el presente trabajo efectuar un somero análisis de las normas que regulan las Prácticas del Buen Gobierno Corporativo –también conocido como Corporate Governance– y la puesta en marcha de sus valores y principios en la órbita de las empresas y sociedades del estado.

La Resolución 37/06 regula institutos tales como Deber de información, Independencia de directores y administradores, Derecho de socios minoritarios, Comité de auditoría, Auditoría externa, Contratos con partes relacionadas, Deber de guardar reserva y Deber de lealtad, que son propios de las sociedades comerciales en general, y las que hacen oferta pública de sus acciones en particular. De esta manera, resulta oportuno analizar y proyectar la aplicación de estos valores en el ámbito de las empresas y sociedades del Estado.

  Sigue leyendo

Registración contable en las sociedades comerciales. Balance y estados contables

Exposición en el Curso «Cuestiones contables en las sociedades mercantiles» organizado por el Instituto de Derecho Societario del Colegio Público de Abogados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 19 de abril de 2012.

 

Por Susy Bello Knoll

Los abogados, tanto para cuestiones procesales como para el asesoramiento a los clientes, necesitan conocer algunas de las cuestiones básicas que hacen a la registración contable en las sociedades comerciales. Por ello, estando cerca de los Juegos Olímpidos Londres 2012, haremos una pequeña carrera de conceptos.

Sigue leyendo

Redes de servicios complementarios. Facultad regulatoria de toda Ciudad en su planificación urbanística. ¿Existen límites a la autonomía municipal respecto al desarrollo de red de los servicios de telecomunicaciones?

Por Eliseo Segura, Magister en Derecho Administrativo de la Universidad Austral. 

En todos los ámbitos es recomendable promover la competencia, pero para que esta herramienta y medio pueda lograr su cometido, siempre debe existir una autoridad regulatoria que ponga las pautas mínimas para que ésta se pueda desarrollar en forma adecuada y contribuya al mejoramiento individual y de un sector en particular. ¿Control ex ante o ex post? Como todo en la vida, lo ideal es el justo medio.

El fallo Gigacable S.A. c/GCBA/Acción declarativa de Inconstitucionalidad, Exp. Nro. 4627/06”(Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad, 11/12…/07) se centra en este aspecto, que es el planteado por la Actora en su demanda. Únicamente se ha puesto foco en el principio de igualdad entre las Operadoras históricas de TV por Cable[1] en la Ciudad Autónoma de Bs. As, y la/s Entrante/s, como la Actora.  Para no excederse en sus funciones, los Jueces solo pueden expedirse sobre lo peticionado por las Partes, y tampoco  pueden arrogarse facultades legislativas o ejecutivas. En este sentido, el Poder Judicial se encuentra encorsetado, y esto es lo que ha pasado también en este caso.  Comparto plenamente lo resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires a lo planteado por las Partes, pero NO es suficiente para alcanzar la solución adecuada respecto al fondo de estos asuntos.  

Debemos, primeramente, distinguir los servicios abiertos de Radio y Tv o broadcasting[2], de los servicios complementarios, como son los de Tv por cable. Aquellos son considerados servicio público y la selección del Licenciatario se realiza mediante Concurso Público y se adjudica mediante Decreto del PEN, mientras que estos últimos son adjudicados directamente por el viejo Comfer, debiendo contar con la aprobación técnica por parte de la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC), y la autorización previa del gobierno de la Ciudad o municipio donde instalarán la red (aérea/subterránea) a través de la cual prestarán el servicio de TV[3].

Sigue leyendo

Las licencias no automáticas de importación: su ilegalidad frente al régimen especial fiscal y aduanero que establece la ley 19.640

Publicado en www.aduananews.com

Por Carlos M. Legón Marienhoff

Es ya de conocimiento público el impacto fulminante que ha generado en numerosas empresas -importadoras tanto de productos terminados como de insumos necesarios para la producción nacional de mercaderías- la imposición de “certificados de importación” (verdaderas licencias de importación de carácter “no automático”) exigibles con carácter previo al libramiento a plaza de mercaderías clasificadas en muy variadas posiciones del Nomenclador Común del Mercosur.

Entre tales resoluciones, que fueron dictadas inicialmente por el  Ministerio de Economía y luego por el Ministerio de Producción, pueden mencionarse las siguientes: Res. MEP 47/07 (mercaderías diversas), Res. MEP 589/08 (hilados y tejidos), Res. MEP 444/04 (artículos para el hogar); Res. MEP 343/07 (productos textiles); Res. MEP 588/08 (productos metalúrgicos), Res. MP 61/09 (productos varios); Res. MP 26/09 (neumáticos); Res. MP 165/09 (tornillos y afines); Res. MEP 61/07 (partes de calzado); Res. MEP 689/06 (motocicletas); Res. MEP 217/07 (pelotas) y; Res. MEP 694/06 (cubiertas y cámaras neumáticas de bicicletas). También han sido dictadas resoluciones similares por la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa.

Las licencias referidas revisten el carácter de “no automáticas”, por cuanto no se encuentra previsto su otorgamiento en todos los casos en que se solicitan. Ello constituye el punto de partida de este breve análisis.

Sigue leyendo