Por Miguel Eduardo Rubín. Publicado del 10 al 14 de marzo de 2016 en El Derecho.
Sumario: 1. Introito para entender el problema y la solución. 2.- Las teorías de von Ihering y Faggella. 3.- Tribulaciones sobre el daño futuro. 4.- El daño en el ámbito precontractual. 5.- Influencia del desequilibrio económico entre las partes en el ámbito precontractual. 6.- Lo precontractual en el Derecho Comparado. 7.- Las tratativas precontractuales en nuestro país antes de la Reforma. 8.- El Proyecto de 1998. 9.- La cuestión en el Código Civil y Comercial.
1.- Introito para entender el problema y la solución.
Ninguna persona que entra en conversaciones con otra para negociar las condiciones de un contrato está obligada a concluirlo. Esa evidencia hizo deducir a la Doctrina de antaño que, aunque no estuviera consagrado literalmente en las leyes, hay un derecho a contratar, así como también hay un derecho a salir de las tratativas, es decir, a no contratar.
Ahora bien, un contrato se puede perfeccionar en forma instantánea o después de una negociación que insuma algún tiempo[1]. Prototípicos los contratos de comercialización, como el de franquicia[2].
Empero, ese derecho a retirarse de las negociaciones puede perjudicar al otro sujeto involucrado en ellas, sobre todo si tenía razones para creer que el contrato se firmaría. Por lo tanto, el Derecho debe dar una respuesta a esa situación.
