Por Sebastián Balbín
Publicado en el Libro Homenaje a Víctor Zamenfeld, Editorial Rubinzal, Buenos Aires, 2005.
I.- Introducción. II.- Derecho a la información. III.- Características. IV.- Su ejercicio en sociedades anónimas y de responsabilidad limitada con capital superior al previsto en el art. 299 párr. 2º LS. IV.a.- Tratamiento de las cuentas anuales. IV.b-. Ausencia de sindicatura. V.- El art. 55 LS y la solicitud judicial de exhibición de libros y documentos sociales. VI.- Inaplicabilidad del art. 323 CPCC. VII:- Solicitud administrativa.
I.- Introducción
La doctrina suele referirse al conjunto de derechos y obligaciones del socio bajo el equívoco término de estado de socio[1], una suerte de prius de relaciones jurídicas derivadas de una situación preliminar[2], que cobija y combina –a grandes razgos- relaciones de ejercicio continuado entre diversos sujetos –los socios-, y entre estos y el ente[3]. Se alude así a un tipo de matriz sobre la que se miden derechos y obligaciones, para señalar la posición que el socio ocupa frente a la sociedad como titular de una serie de aquellos[4], y las consecuencias que se generan. En definitiva, todos los derechos, facultades y poderes que integran la posición jurídica del socio emanan de su cualidad de tal, por lo que si resultara privado de la misma se rompería el vínculo con el ente, convirtiendo al sujeto en un tercero[5]. Este estado sólo puede ser adquirido de manera originaria o derivada. Será originaria cuando la persona obtenga de forma directa su participación de la sociedad al momento de su constitución, o –dada dicha hipótesis- durante el curso de la vida social como producto de un aumento de capital[6]; y derivada cuando tenga por origen la transferencia de participaciones sociales por actos entre vivos[7], o mortis causa[8].