El cheque de pago diferido frente al concurso preventivo del librador

Por Rómulo ROJO VIVOT[1]. Publicado en: RDCO 300, 10/02/2020, 109 Cita Online: AR/DOC/8/2020. rrvivot@brvscu.com.ar

Sumario: I. Introducción. II. ¿Deben pagarse los cheques de pago diferido cuando el librador peticiona su concurso preventivo? III. Multa, inhabilitación y el cierre (compulsivo) de la cuenta corriente bancaria por rechazo de cheques. IV. Consideración final

I. Introducción

a) Pongamos por caso que una empresa libró, antes de solicitar la apertura de su concurso preventivo, cheques de pago diferido con fecha de pago posterior a dicho acto procesal.

En el mismo escrito en que peticiona la convocatoria de acreedores, también solicita al juez concursal, que oficie a las entidades bancarias con las que la empresa opera, con el fin de ordenarles que se abstengan de abonar dichos cheques, haciendo constar como causa del rechazo la leyenda “orden judicial de no pagar por presentación en concurso del librador”.

Asimismo, solicita que se le comunique a los bancos que los rechazos no deben ser informados al BCRA ni deben ser computados a los fines de aplicación de multas. Además, que deben abstenerse de cerrar la cuenta corriente por efecto del rechazo de tales cheques (en su caso, proceda a su reapertura). Idéntica solución requiere para aquellos cheques que fueron rechazados dentro de los treinta días corridos anteriores a su presentación concursal.

También solicita se libre oficio al BCRA, a fin de comunicarle que se abstenga de inhabilitar al concursado como cuentacorrentista.

b) La situación planteada, que se presenta en la gran mayoría de los concursos preventivos, incursiona en la temática de las medidas dictadas por los jueces concursales que tienden a preservar la igualdad de tratamiento de los acreedores, y a evitar que se afecte la continuidad de la actividad del deudor que ha declarado su estado de cesación de pago. La conjunción de estos dos valores es determinante para decidir la medida solicitada por el concursado.
Sigue leyendo

La Universidad de Salamanca: ocho siglos de estudios jurídicos y la época de Manuel Belgrano como estudiante de Derecho

Por Susy Inés Bello Knoll. Publicado en la Revista de Graduados de la Universidad Austral No 5, julio, 2018.

El 20 de junio de 2020 se cumplen 200 años de la muerte de Manuel Belgrano.



Sumario: 1. Introducción. 2. Los primeros siglos: desde el siglo XIII al siglo XVII: 2.1. La Fundación. 2.2. Detalles de los estudios jurídicos. 2.3. Alma Mater hispanoamericana. 3. La época de Manuel Belgrano como estudiante de Derecho. 4. Consideraciones finales.

Sigue leyendo

La empresa social: el modelo sostenible que quiebra el enfoque tradicional

Por Agostina Irene Coniglio y Constanza Paula Connolly. Ponencia presentada en el XIV Congreso Argentino , de Derecho Societario y X Congreso Iberoamericano de Derecho Societario y la Empresa «Hacia un nuevo Derecho Societario», 2019, Rosario, Santa Fe. Publicado en el Tomo III, pág. 2573 y ss.

 

Sumario

La ponencia trata sobre el nuevo modelo organizacional que surge a nivel mundial, las empresas sociales.

El concepto de la empresa social se basa en una nueva forma de hacer negocios sostenibles y cuya conveniencia apunta a ser un vehículo mediante el cual se estructure un negocio que brinde soluciones a las problemáticas sociales.

Sigue leyendo

Lecciones de España sobre lo que hay que hacer para que el sistema concursal fracase permanentemente

Miguel Eduardo Rubín. Publicado en El Derecho los días 14 y 15 de agosto de 2019.

 

Sumario: 1.- Otra forma de aprender del Derecho Comparado. 2.- Primera lección: los sistemas pro-acreedor no son buenos, ni siquiera para los acreedores. 3.- Segunda lección: antes de apurarse a modificar la ley hay que tratar de aplicarla racionalmente. 4.- Tercera  lección: Cómo se deben importar (cuando hay que hacerlo) los institutos del Derecho Comparado. 5.- Cuarta lección: para qué sirven las estadísticas y los estudios de Economía. 6.- Quinta lección: cómo hacer para acatar formalmente las normas de la Comunidad dejando todo más o menos como estaba? 7.- Sexta lección: la torre de Babel concursal.

Sigue leyendo

Los diez trabajos más consultados durante el año 2019

Gracias por los aportes y por la consulta de todos los trabajos!

Durante el año 2019 los trabajos más consultados de esta página han sido:

  1. Prescripción y caducidad en el derecho laboral argentino y el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación por Fabián Hilal.
  2. Libros de comercio obligatorios según el Código de Comercio por Susy Inés Bello Knoll.
  3. El Convenio de Desalojo en la Argentina a partir de la implementación del Nuevo Código Civil y Comercial por Jacqueline Berkenstadt.
  4. La obligación de llevar contabilidad por Susy Inés Bello Knoll.
  5. El contrato de franquicia  a partir del Código Civil y Comercial por Guadalupe Paez Callejas.
  6. Notas complementarias a los estados contables por Pablo Nacusi.
  7. El síndico societario y la responsabilidad social empresaria por Susy Inés Bello Knoll.
  8. Fideicomiso testamentario. Plazo máximo posible de ejercicio de la administración de los bienes del causante por parte del fiduciario por Ricardo Daniel Tapia.
  9. La obligación de llevar contabilidad en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación por Susy Inés Bello Knoll
  10. Análisis del art. 261 de la ley 19.550. Honorarios de directores y síndicos en la sociedad anónima por Federico Frachia Sabaris.

La Distintividad Adquirida de las Marcas y el Principio de Predictibilidad del Derecho Administrativo

Por Oscar Caballero Hinostroza[1]

 

La Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia del Perú no le da la razón al INDECOPI respecto a la figura de la Distintividad Adquirida del Derecho de Marcas.

Sigue leyendo

Los créditos a plazo con garantía real frente al concurso presentivo (art. 353 del Código Civil y Comercial)

Por Rómulo ROJO VIVOT, Master en Derecho Empresario de la Universidad Austral.Publicado en RDCO septiembre-octubre 298, pág. 1345.

 

Sumario: I. Los efectos que produce el concurso preventivo en las obligaciones sujetas a plazo con garantía real sobre bienes del deudor concursado. II. Acto sujeto a autorización. III. El anteproyecto de modificación del art. 353 del CCyC.

I. Los efectos que produce el concurso preventivo en las obligaciones sujetas a plazo con garantía real sobre bienes del deudor concursado

A) Pongamos por caso que una sociedad agro-ganadera celebra un contrato de mutuo con una entidad financiera, con el objeto de adquirir un campo y varios camiones destinados a la explotación agropecuaria. Para garantizar y asegurar el cumplimiento del pago de las 48 cuotas mensuales acordadas para la cancelación de la deuda, la sociedad grava al inmueble con derecho real de hipoteca y a los camiones con derecho real de prenda.

Estando plenamente vigentes los contratos y habiendo cumplido regularmente con el pago de las cuotas, se declara la apertura del concurso preventivo del obligado al pago. Al momento de la presentación en concurso, restaban 30 cuotas para cancelar la deuda comprometida.

Sigue leyendo

Abuso de la Posición Dominante y su influencia en los Mercados

Por Mayra Luciana Abraham. Tesis Maestría en Derecho Empresario Universidad Austral. año 2019. Directora: Mg. Lorena Fabris.

 

Sumario: Introducción. Capítulo I: Prácticas abusivas. I.1. Razones de su regulación. I.2. Fuentes del artículo. I.3. El trato digno. I.4. La prohibición de discriminar y la libertad de contratar. I.5. Actos violatorios Per se “Rule of reason”. I.5.1. La Regla de la Razón. I.5.2. El criterio general adoptado en la República Argentina. Capítulo II: Abuso de la posición dominante. II.1. El abuso de la posición dominante. II.2. El poder de mercado. II.3. La Relación entre la Posición Dominante y la Participación en el Mercado. II.4. Pautas para Determinar la Existencia de la Posición Dominante. II.4.1. Delimitación del Mercado Relevante. II.4.2. Determinación de la Posición Dominante en el Mercado Relevante. II.5. El Interés Económico General y el Abuso de la Posición Dominante. II.5.1. Afectación al Interés Económico General. II.5.2- Perjuicio Efectivo vs. Perjuicio Potencial. Capítulo III. Actos y conductas anticompetitivas. III.1. Actos y Conductas Anticompetitivas en la Nueva Ley 27.442: Concentración Económica. III.2. Clasificación y ejemplos de Abuso de la Posición Dominante. III.2.1. Abuso de Posición Dominante Anticompetitivo o Exclusorio. III.2.2. Abuso de Posición Dominante Explotativo. III.2.3. La Actual Legislación 27.442. Conclusión. Bibliografía.

Introducción

Los actos anticompetitivos distorsionan y alteran la libre competencia de los mercados. La normativa existente en nuestro país en materia de defensa de la competencia tiene por finalidad el control de las concentraciones económicas y el análisis de las conductas anticompetitivas. La sanción y promulgación de la ley 27.442 importó un avance significativo en el desarrollo del régimen de defensa de la competencia en la Argentina. Es un sano regreso al sendero correcto en el diseño institucional, incorporando e innovando en otras áreas, conforme lo exige la práctica más moderna en materia de defensa de la competencia en el mundo, y surgió para subsanar las carencias de las anteriores leyes 22.262 y 25.156.

Sigue leyendo

Tutela judicial efectiva de los “vulnerables”. El caso de los acreedores involuntarios. Actualidad.

Por el Magister Víctor Collado. Tesis de Derecho Aplicado de la Maestría en Derecho Empresario de la Universidad Austral, 2019. Tutor: Mg. Nicolás Di Lella.

 

Sumario: Primera Parte: I. Asesoramiento profesional de los padres del menor en la redacción del pedido de verificación tardía (Promueve incidente de verificación tardía. Formula reserva). II. Asesoramiento profesional de la fallida (Contesta traslado. Formula reserva). Segunda Parte: 1. Introducción. 2. Acreedor involuntario: breve conceptualización.  3. Tutela judicial efectiva de sujetos vulnerables. Pilares para su efectiva realización. 3.1. Estado de derecho constitucional           . 3.2. Artículos 1°, 2° y 3° del Código Civil y Comercial de la Nación. Fuente de fuentes del Código Civil y Comercial de la Nación. Principio de razonabilidad. 3.3. Activismo judicial (bien entendido).n4. Tutela judicial efectiva. 5. Acreedor involuntario: entre la operatividad de la tutela diferenciada de los “vulnerables” y el sistema cerrado de privilegios concursales. 6. La cuestión del acreedor involuntario en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Actualidad. 6.1. CSJN, “Asociación Francesa Filantrópica y de Beneficencia s/ Quiebra s/ Incidente de Verificación de crédito por L.A.R. y otros”, 6/11/2018. Fundamentos. Doctrina y jurisprudencia que avalan la solución alcanzada. 6.2. CSJN, “Institutos Médicos Antártida s/ quiebra s/ inc. de verificación (R.A.F. y L.R.H. de F.)”, 26/03/2019. Fundamentos. Doctrina y jurisprudencia que avalan la solución alcanzada. 7. Conclusiones.

Sigue leyendo

La dimensión comercial de la imagen personal y el impacto de las nuevas tecnologías

Por Susy Bello Knoll[1]. Publicado en el libro “Las nuevas tecnologías ante el Derecho Comercial”, pág. 27. Libro en HOMENAJE A LOS 80 AÑOS DEL INSTITUTO ARGENTINO DE DERECHO COMERCIAL.

Resumen

La imagen ha adquirido una importancia relevante gracias a las nuevas tecnologías de comunicación y a las redes sociales. La imagen personal ha sido protegida como derecho personalisimo pero también se ha dispuesto su amparo desde el punto de vista patrimonial. Tanto las innovaciones existentes para la manipulación de la imagen como la posibilidad tecnológica de la puesta a disposición de la misma a miles de usuarios alrededor del mundo han exigido soluciones inéditas por parte de la legislación y los Tribunales que analizaremos en este trabajo.

Sigue leyendo