Fideicomiso para construcción de inmuebles

Por Joaquín Robles Gorriti. Trabajo final del Premaster Semipresencial CUDES-Universidad Austral. Edición 2017.

 

«Put not your trust in money, but put your money in trust.» Oliver Wendell Holmes

Sumario: I.- Introducción.  II.- Fideicomiso de construcción. III.-Ventajas respecto de otras estructuras jurídicas. IV.- Previsiones contractuales. V.- Conclusiones.

I.- Introducción.

El fideicomiso, como instituto del Derecho Continental, fue tomado del Trust del Derecho Anglosajón. A su vez éste fue inspirado en la Fiducia o Fidecommissum del Derecho Romano. No obstante esta incompatibilidad de origen, las distintas denominaciones con las que se ha designado esta herramienta legal dicen mucho sobre un elemento esencial del contrato de Fideicomiso: la confianza, presupuesto necesario y característico entre el fiduciante y el fiduciario. Sigue leyendo

Actos realizados por el fallido una vez decretada la quiebra. ¿Actos nulos o inoponibles?

Luciano Nahuel Barili. Publicada en Revista Argentina de Derecho Concursal en su Número 17 de Septiembre de 2017.

 

Sumario: I. Introducción. II. Efecto principal de la quiebra. Desapoderamiento. Concepto e Implicancias. III. Ineficacia, inoponibilidad, nulidad. ¿Estos tres son sinónimos? Régimen instaurado por el Código Civil y Comercial de la Nación. IV. Medios jurídicos para atacar los actos de disposición realizados por el fallidos luego de operado el desapoderamiento. V. Conclusión.

I. Introducción.

La Ley de Concursos y Quiebras (En adelante “LCQ”) es muy clara respecto del tratamiento que debe darse a aquellos actos realizados por el fallido en el periodo de dos años previos al acaecimiento de la sentencia de quiebra.

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La remuneración de los directores de sociedades anónimas. Por qué estamos como estamos y propuestas para una indispensable reforma legislativa

Miguel Eduardo Rubín. Publicado en El Derecho n los ejemplares de los días 1º y 2 de noviembre de 2017.

 

Sumario: 1. Ya en el año 1949 el poder público sobreactuaba ante una crisis. 2. El art. 261 de la ley 19550, su reforma y los inconvenientes que ocasionó. 3. Las expresiones de la Doctrina y de la Jurisprudencia de los primeros tiempos. 4. El caso “Riviere de Pietranera” y su zaga. 5. El director/gerente. 6. ¿Cuál es la retribución justa? 7. El proyecto Negre de Alonso. 8. Qué pasa en el mundo contemporáneo en esta materia? 9. Bases para un nuevo sistema equitativo.

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Tratamiento de la responsabilidad solidaria del art. 30 LCT en los contratos de agencia

Por Renso Agustín Medini. Trabajo final del Premaster Semipresencial CUDES-Universidad Austral. Edición 2017.

Sumario: 1. Introducción. 2. Contrato de Agencia. Definición. Características principales. 3. Responsabilidad Solidaria contenida en el art. 30 LCT. Subcontratación. Posturas Doctrinarias. Evolución Jurisprudencial. 4. Conclusiones finales. 5. Bibliografía.

1. Introducción

El tema que aquí nos ocupa implica analizar la responsabilidad solidaria regulada en el art. 30 LCT y su aplicación o no a los contratos de agencia. Para ello, en primer lugar, se tratarán las principales características del contrato de agencia regulado en el Código Civil y Comercial de la Nación (CCyCN). En segundo orden se analizará el contenido del artículo 30 de la Ley de Contrato de Trabajo, posturas doctrinarias y evolución jurisprudencial. Para finalizar, se realizarán las conclusiones pertinentes. Sigue leyendo

Afectación de la potestad recaudatoria de la AFIP en el proceso de verificación de créditos

Por Ignacio Rosenfeld. Nota al Fallo “Ajami Víctor, Israel s./quiebra s./incidente de revisión (por AFIP) – expte. nº 35529.12. Publicado en LA LEY – Revista de Derecho Comercial, del Consumidor y de la Empresa (Octubre 2013)

 

Sumario: I. Introducción. II. Síntesis del fallo. III. Breve repaso de los antecedentes legales: leyes 14.397, 18.038, 24.241 y 26.425. IV. El sistema previsional y el principio de solidaridad. V. Distinción  entre “carga” y “obligación”: 1. Interpretación de la norma. 2. Sobre la “carga” y la “obligación”. VI. Legitimación sustancial para verificar. VII. El incumplimiento fiscal y algunas consecuencias económicas. VIII. Conclusiones.

I.  Introducción

El presente comentario tiene como objetivo fundamentar el derecho de la Administración Federal de Ingresos Públicos (la “AFIP”)[1] a presentarse como acreedor en los procesos falenciales a fin de solicitar la verificación de aquellos créditos originados bajo el Régimen de Trabajadores Autónomos. En ese sentido, la mayor parte del comentario estará basado en el análisis no sólo de los pormenores de la resolución de Cámara sino principalmente en la conceptualización como “obligación” de los aportes previsionales generados por aplicación del régimen de trabajadores autónomos, lo cual a mi entender es lo que en definitiva terminará fundando la legitimación sustancial de la AFIP en este tipo de procesos.

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El contrato de operaciones logísticas

Por Ezequiel Tomás Condoluci Santa María. Trabajo Final Integrador del Master en Derecho Empresario Económico de la Pontificia Universidad Católica Argentina. 2012-2013. Director: Gustavo Costa Aguilar.

Sumario: 1. El planteo del tema: hipótesis. 2. El contrato de operaciones logísticas (COL): su encuadramiento juriídico. 2.1. El concepto de logística y su evolución. 22. Aspectos Económicos del COL y su vinculación con la Responsabilidad Social Empresaria (RSE). 2.3. Encuadramiento jurídico del COL. 2.4. Aspectos contractuales. 2.5. El COL en el nuevo Código Civil y Comercial (2012). 3. Modalidades más habituales y características particularidades del COL. 3.1. Modalidades más habituales: (i) Transporte, (ii) Wharehousing y (iii) Otras Modalidades. 3.2. Características particulares: (i) Las contingencias laborales en el COL. El caso del “Fletero”, (ii) Particularidades de los Seguros en el COL y (iii) La importancia de una buena condición rescisoria para el Operador Logístico en el COL. 4. El COL en el Derecho Comparado. 4.1. España. 4.2. Alemania. 4.3. El caso Sudamericano. Uruguay. 5. El problema de la Especificidad del Objeto. 5.1. Diferencias con otras figuras afines: (i) Concesión, (ii) Distribución, (iii) Agencia, (iv) Suministro, (v) Depósito Comercial y (vi) Transporte. 5.2. La especificidad del objeto: La nota distintiva del COL. 5.3. Consecuencias: La Individualización de las Normas Aplicables. 6. El COL según los Protagonistas. 6.1. Encuestas. 6.2. Conclusiones. 7. Conclusión y Propuesta Legislativa.

1. Planteo del Tema: Hipótesis

El presente trabajo intentará describir la situación contractual actual de las operaciones logísticas en la República Argentina (y en algunas legislaciones extranjeras), con el objetivo de poder determinar su naturaleza jurídica y fundamentar en forma adecuada por qué consideramos que estos contratos ya no debieran ser incluidos dentro de los subgéneros de “Contratos Innominados” ni “Atípicos”.

Podemos definir al Contrato de Operaciones Logísticas (en adelante los llamaremos “COL”) como aquel contrato celebrado entre un llamado “dador de carga”, es decir, productor o comercializador de productos tangibles; y un “operador logístico” que será una empresa especializada en la provisión de una amplia variedad de servicios logísticos, quien prestará esos servicios a cambio de un precio generalmente variable en función del volumen de carga manipulada. Sigue leyendo

Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) – Principales aspectos registrales

Por María Belén Chocho. Trabajo final del Premaster Semipresencial CUDES-Universidad Austral. Edición 2017.

 

Sumario: 1. Introducción. 2. Presentación de la sociedad por acciones simplificadas. 3. Principales aspectos registrales. 4. Conclusión. 5. Bibliografía.

1. Introducción.

El presente trabajo tiene como objeto, presentar brevemente a la Sociedad por Acciones Simplificada, y mostrar brevemente su aspecto registral; característica que por antonomasia distingue al nuevo tipo societario.

La creación de la Sociedad por Acciones Simplificada; (en adelante S.A.S.), es la actualización legal del mundo societario, adaptada al nuevo funcionamiento del mercado, en concordancia con los tiempos actuales y el avance de la tecnología. Sigue leyendo

La moda y los productos de lujo en los mercados online: una mirada desde la perspectiva del derecho marcario

Por Brenda Salas Pasuy[1]. Publicado en la Revista de Propiedad Intelectual de la Universidad de Externado, Colombia, en su Número 24 (2017) pág. 167. Web: HTTP://REVISTAS.UEXTERNADO.EDU.CO/INDEX.PHP/PROPIN/ARTICLE/VIEW/5202/6269

 

Palabras Clave: moda, productos de lujo, mercados online, prestador e-commerce, marcas, responsabilidad.

 

Sumario: 1. Introducción. 2. La moda y las marcas. 3. La solución jurídica. 3.1. Estados Unidos: Tiffany Vs eBay; Louis Vuitton Malletier, S.A. v. Akanoc Solutions, Inc; Chloe SAS v. Sawabeh Information Services Co. and TradeKey; y, 1-800 Contacts v. Lens.com.  3.2. Unión Europea. 4. Las jurisdicciones nacionales. 5. 5. Las directrices fijadas por la CJUE. 6. Derecho colombiano. 7. Conclusión. 8. Bibliografía.

1. Introducción.

El esquema tradicional adoptado por las casas de moda de utilizar tiendas o  boutiques está siendo revaluado. En efecto, los diseñadores de moda son conscientes que no es suficiente continuar con las ventas en centros comerciales o grandes superficies sino que deben expandirse a otra clase de mercados para atraer nuevos consumidores.

Es así que la moda ha centrado su atención en los mercados online. Esta nueva modalidad de comercio supone la presencia de “un website o una aplicación que facilita las compras provenientes de diferentes fuentes. El operador de un mercado no tiene inventario, su negocio consiste en presentar el inventario de otras personas a un usuario y facilitar la transacción”[2].

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Apuntes sobre la sociedad por acciones simplificada

Por Gonzalo A. Gándara. Trabajo final del Premaster Semipresencial CUDES-Universidad Austral. Edición 2017.

 

El 29 de marzo de 2017 el Congreso de la Nación sancionó la ley Nro. 27.349 de Apoyo al Capital Emprendedor (en adelante la “Ley”), la cual incorporó a nuestro sistema jurídico un nuevo tipo societario por fuera de la Ley General de Sociedades, la Sociedad por Acciones Simplificada (en adelante la “SAS”). Esta novedosa figura se encuentra regulada en tan solo 29 artículos y viene a revolucionar nuestro derecho societario, convirtiéndose así en lo que muchos consideran un nuevo paradigma en la materia.

El objetivo del presente será realizar un breve análisis sobre la SAS, reflexionando sobre algunos de sus aspectos principales y rasgos distintivos.

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