Reflexiones de domingo: El nuevo paradigma

Por Susy Bello Knoll para AMSOAR. Domingo 7 de junio de 2020.

 

La mayoría de las personas hoy tienen la idea de que luego de la pandemia del COVID-19 la vida cotidiana no será igual. Es decir, existe una alta expectativa de cambio en el conjunto de teorías que se aceptan sin cuestionar y que son la base y el modelo para resolver los problemas y avanzar. A ese conjunto la Academia de la Lengua Española lo denomina paradigma.

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Cambio de paradigma: producción y consumo responsable

Por Lourdes Arias. Barcelona, 9 de abril de 2020.-

El mundo entero se encuentra atravesando una crisis sanitaria que afecta a todos los sectores de la sociedad, a todas las industrias y, lo más importante, a las personas. Hoy muchos estamos cumpliendo el confinamiento obligatorio y otros se encuentran poniendo su cuerpo, saliendo a trabajar cada día para que el sistema sanitario y las necesidades básicas de cada uno de nosotros se encuentren cubiertas ¡a todos ellos mi total agradecimiento!

Estoy convencida de que toda crisis trae grandes desafíos como también oportunidades. Es cuestión de desarrollar la capacidad de adaptación, ser receptivos a los cambios y no resistirlos. En este sentido, las empresas también son víctimas de esta crisis y actualmente los órganos de administración y el management de las mismas se encuentran rediseñando sus estrategias para priorizar la salud de los trabajadores y consumidores y adaptarse a la nueva realidad, siendo más flexibles y sensibles a las necesidades de los grupos de interés tanto internos como externos. Claro está que aquellas empresas que ya tienen incorporado en su business core políticas y prácticas socialmente responsables están pudiendo dar respuestas rápidamente, adaptándose a la nueva realidad que vivimos, pero el gran desafío está en otras tantas empresas que recién están comenzando a asumir la importancia de ser socialmente responsable.

La crisis del Covid-19, entre otros aspectos, puede ser un buen momento para que los gobiernos, empresarios, accionistas, productores y comerciantes analicen, repiensen y rediseñen el modelo de negocio que será sostenible y rentable en el futuro. Como también es una gran oportunidad para que los consumidores reflexionemos sobre qué tipo de productos y servicios queremos consumir, ya que está en nuestras manos elegir aquellos que sean el resultado de un modelo de negocio donde prime la ética, la sostenibilidad y el compromiso social y ambiental.

Reflexionando sobre las consecuencias que dejará el Covid-19 en el aspecto económico, considero que habrá dos alternativas para superarlas (i) individualmente, buscando el bienestar propio a costa del sufrimiento o la pobreza de otros; o (ii) colectivamente, repensando la forma de crear riqueza de manera más justa y equitativa, diseñando nuevas estrategias orientadas a un modelo de negocio más ético, sostenible y responsable. Confío en que todos, o la gran mayoría, no dudamos que la opción (ii) es el futuro que queremos para nosotros y las próximas generaciones.

Por otro lado, muchos profesionales nos encontramos capacitándonos en temas ambientales, sociales, éticos, de innovación, de impacto, etc. con el fin de contribuir a generar un cambio en el ámbito empresarial. Asimismo, se han creado movimientos que agrupan a empresas de impacto/sostenibles, como B Corporation, B Lab Europe, B Lab Spain, Sistema B, World Fair Trade Organization, entre otras. No obstante, no solo las empresas tienen que cambiar para ir hacia una sociedad más sostenible, sino que cada uno de nosotros como consumidores podemos, o mejor dicho deberíamos, empezar a sensibilizarnos con el origen de lo que consumimos, analizando su etiquetado, buscando certificaciones ecológicas y apostando a los productos de cercanía (lo que se conoce como Kilómetro 0), valorando el ecodiseño, entre otras ideas.

Cada vez estamos más cerca de que se produzca un cambio de paradigma en relación al consumo, por lo tanto los productores, emprendedores, empresas familiares y, en general, toda aquella empresa que quiera generar un impacto en la sociedad están ante una gran oportunidad para innovar y contribuir a este cambio. Existen varias vías para producir, comerciar y consumir de manera responsable: productos de cercanía (Kilómetro 0), comercio justo, economía circular e inversión socialmente responsable.

Me detendré a explicar en qué consiste cada alternativa, y en caso de que al leer estas líneas sientan curiosidad e interés por saber más ¡los invito a que investiguen y profundicen estos temas! 

Productos de cercanía (Kilómetro 0).

Es una alternativa de producción y consumo que se inició en Estados Unidos en los años 70 e ingresó a Europa en los 80 por Italia con el movimiento Slow Food. Este movimiento busca crear un nuevo sistema de producción basado en la sostenibilidad alimentaria, en donde la comida sea sana y buena para el consumidor, para el agricultor y para el medio ambiente. Mediante esta tendencia se fomenta la integración de la producción, procesamiento, distribución y consumo de productos locales, para mejorar la economía, medio ambiente, salud y relaciones sociales de una localidad, comarca o región particular. Esta forma de producción y consumo puede traer las siguientes ventajas: (i) fomenta la economía local y contribuye al desarrollo de los pequeños productores; (ii) reduce el impacto medioambiental, ya que los productos se mueven en un radio máximo de 100 km desde su punto de origen y no atraviesan continentes y océanos como lo hacen actualmente la mayoría de los productos, lo que produce una reducción en la contaminación y en la emisión de gases de efecto invernadero; (iii) reduce los gastos económicos y energéticos derivados de la cadena de intermediación y transporte; (iv) fomenta el consumo de productos de temporada, frescos y naturales; (v) ayuda a conservar las especies vegetales autóctonas; entre otras. Este tipo de producción puede ser sumamente útil para que muchos productores de la industria alimentaria recuperen el terreno que fueron perdiendo ante las marcas blancas (o marcas del distribuidor).

Comercio justo.

Es un sistema comercial basado en el diálogo, la transparencia y el respeto, que busca una mayor equidad en el comercio internacional, prestando especial atención a criterios sociales y medioambientales. Contribuye al desarrollo sostenible ofreciendo mejores condiciones comerciales y asegurando los derechos de los productores y trabajadores desfavorables, especialmente en el Sur. Este movimiento social global no se limita a lo netamente comercial, sino que va más allá, es una forma de negociar que prioriza a las personas y al planeta en lugar de las ganancias, busca combatir la pobreza, el cambio climático, la desigualdad de género y la injusticia social. Las organizaciones que quieran trabajarlo y promoverlo deben cumplir los siguientes principios, que se encuentran alineados a los Objetivos de Desarrollo Sostenible 2030 (también conocidos por su sigla, ODS):

  • Creación de oportunidades para productores con desventajas económicas. Esto se logra apoyando a los pequeños productores marginados, ya sean empresas familiares independientes o agrupadas en asociaciones o cooperativas.
  • Transparencia y responsabilidad. Se debe garantizar la transparencia en la gestión y en las relaciones comerciales, siendo responsable ante todos sus grupos de interés tanto internos como externos, asegurando los canales de comunicación e involucrándose en la toma de decisiones.
  • Prácticas comerciales justas. El bienestar social, económico y ambiental de los pequeños productores marginados debe estar asegurado y no se debe maximizar las ganancias a expensas de ellos. Se crean relaciones a largo plazo, basadas en la solidaridad, la confianza, el respeto mutuo y la comunicación efectiva entre los socios comerciales.
  • Pago justo. El pago justo es el resultado de una negociación mutua, a través del diálogo y la participación continua de los miembros de la cadena de suministro. El pago justo debe componerse de precios justos, salarios justos y dignos.
  • Garantizar que no haya trabajo infantil o trabajo forzoso. Se debe procurar que no se utilice el trabajo infantil ni forzoso en la producción directa o en la cadena de intermediarios.
  • Compromiso con la no discriminación, la igualdad de género, el empoderamiento económico de la mujer y la libertad de asociación. No se debe discriminar a la hora de contratar, remunerar, capacitar, promover, etc. Asimismo, se debe promover la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, así como, garantizar el derecho a la libre asociación y negociación colectiva.
  • Buenas condiciones laborales. Facilitar un ambiente de trabajo saludable y seguro y las condiciones y horas de trabajo establecidas por las leyes locales y convenios internacionales.
  • Proporcionar el desarrollo de capacidades. Se debe trabajar en el desarrollo de los pequeños productores, para mejorar sus habilidades, capacidad de producción y el acceso al mercado de comercio justo a nivel local, regional e internacional.
  • Promoción del comercio justo. Promover la conciencia sobre el objetivo del comercio justo, brindar información a los clientes y consumidores sobre el movimiento, los productos y las organizaciones de productores.
  • Respeto por el medioambiente. Se debe maximizar el uso de materias primas adquiridas de fuentes gestionadas de forma sostenible, reducir el consumo de energía y, cuando sea posible utilizar energías renovables, materiales reciclados o fácilmente biodegradables para el embalaje, etc.

Como puede verse, este movimiento no concibe al comercio solo como una actividad económica donde prima el intercambio de bienes y servicios, sino que lo considera una interacción social entre personas y, por ello, tiene como base los principios antes mencionados ubicando a las personas y al planeta por delante de los intereses económicos. 

Economía circular.

Actualmente nos encontramos ante una economía lineal que consiste en la extracción, producción, consumo y eliminación, es decir que se fabrica un producto, se compra, se usa y luego se tira. Este modelo de producción y consumo trae grandes secuelas ambientales, tanto al momento en que el producto se fabrica como cuando acaba su ciclo de vida, y ello está generando que los recursos naturales se agoten. Como contrapartida, para asegurar el aprovechamiento de los recursos y la reducción del uso de materias primas, extender la vida útil de los productos y dotarlos de segunda vida, nace la economía circular.

Este modelo es más respetuoso del medioambiente y tiene como fin último que los productos sean diseñados de tal manera que puedan tener una mayor vida útil, sean reutilizados y reciclados. Por ejemplo, los móviles, un modelo de economía circular consistiría en diseñarlos de tal modo que sean fácilmente reparables, actualizables y auténticamente reciclables. Estimo que al leer estas dos últimas características a muchos se les vino a la cabeza una empresa, que diseña y produce equipos electrónicos, software y servicios en línea, que permite actualizar el software de los dispositivos electrónicos y en 2016 lanzó un programa de reciclaje y renovación de equipos electrónicos. Y este es sólo un ejemplo, ya que la economía circular puede aplicarse a todas las industrias. En la construcción se debería analizar el ciclo de vida de los materiales que se utilizan, los espacios construidos, etc. En la industria automotriz, también se vienen estudiando los costes de los vehículos en relación a su vida útil, y puede mencionarse la estrategia aplicada por una empresa francesa basada en utilizar las partes aprovechables de vehículos que han llegado al final de su ciclo de vida para la fabricación de nuevos vehículos. Se advierte que la economía circular puede ser el futuro; sólo es cuestión de que las empresas se comprometan cada vez más y comiencen a diseñar nuevas estrategias y modelos de negocios para adaptar sus productos a este modelo.

Inversión socialmente responsable.

Esta nueva forma de inversión surgió alrededor del año 2000 y consiste en una inversión que no sólo considera la rentabilidad, sino también el impacto social o ambiental para determinar dónde invertir y dónde no. Cada vez es mayor la inversión responsable, ya que los inversores, además de buscar una rentabilidad financiera y minimizar los riesgos, se sensibilizan activamente con los impactos sociales y ambientales derivados de la industria en la que invierten, como también con la buena gobernanza. Esto último, incluye, por ejemplo, actuar de manera activa en la empresa mediante el ejercicio de los derechos políticos en las asambleas de accionistas. Por lo tanto, se ve cómo podemos elevar nuestros estándares como consumidores y exigir una inversión socialmente responsable a aquellos fondos de inversión, generalmente fondos institucionales, que administran e invierten nuestro dinero.

En este sentido, son cada vez más los inversores que tienen en cuenta criterios financieros –como liquidez, rentabilidad y riesgo- como no financieros –ambientales, sociales y de buen gobierno- en la toma de decisiones de inversión. Por lo tanto, este tipo de inversión es una herramienta que puede contribuir a la promoción de políticas responsables en las organizaciones en las que se invierta y de esa manera generar un impacto positivo en relación a los aspectos sociales, medioambientales y de gobernanza corporativa. A modo de ejemplo, se puede mencionar la iniciativa Plan de Inversiones del Pacto Verde Europeo, que pretende ser un medio para movilizar la financiación de la Unión Europea, creando un marco para facilitar y promover las inversiones públicas y privadas necesarias para ir hacia una Europa sostenible. Este plan de inversión tiene como finalidad contribuir en la transición hacia una economía climática neutra, ecológica, competitiva e inclusiva.

Estoy convencida de que con creatividad e innovación podríamos repensar y rediseñar nuestro futuro para lograr un modelo de sociedad global en el que la reutilización, el reciclaje y la sostenibilidad estén integrados en el día a día, y así pasar de una economía lineal (actual) a una economía circular, más justa y sostenible.

Por último, si todavía tenés dudas de que nosotros como consumidores tenemos en nuestras manos la posibilidad de generar un cambio, te aconsejo que pienses en todas las veces que has visto una noticia donde se denuncia el trabajo infantil, la precarización laboral, la afectación del medioambiente, lamentablemente la respuesta será “muchas”. Entonces es momento de ser más conscientes a la hora de elegir qué producto o servicio consumir, y contribuyamos a que esos hechos dejen de existir. Por ello, tomemos este tiempo de reflexión para luego pasar a la ACCIÓN y, como consumidores podamos exigirles a las empresas que sean cada vez más responsables socialmente.

El día que puedas volver a tu rutina habitual, que la crisis Covid-19 haya quedado como un suceso que ocurrió a principios del 2020, recuerda que lo que podemos hacer individualmente, perjudica o beneficia a la sociedad en su conjunto, por lo tanto desde donde te toque, sea cual sea el sector, intenta hacer tu aporte y generar un impacto para que la sociedad del futuro (esperemos cercano) sea más justa, equitativa, responsable y sostenible.

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Cuarta Edición Curso de Fashion Law en Milán: Le problematiche giuridiche della filiera della Moda

Por Susy Inés Bello Knoll. Conferencia de cierre del curso del año 2018 de Fashion Law. Reporte publicado en LWYR, Chile.

 

El mundo de la moda y la crítica económico-jurídica de la cadena productiva de la moda fue el foco de estudio de la cuarta edición del curso de perfeccionamiento en Fashion Law organizado por la Universitá degli Studi de Milán y de Insubria. Por la primera universidad estatal, la coordinadora fue la Dra. Rossella Cerchia y, por la segunda, la Dra. Barbara Pozzo, una de las coordinadoras del primer libro de Derecho de la Moda en idioma italiano editado por Giufré en el año 2016.

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La empresa social: el modelo sostenible que quiebra el enfoque tradicional

Por Agostina Irene Coniglio y Constanza Paula Connolly. Ponencia presentada en el XIV Congreso Argentino , de Derecho Societario y X Congreso Iberoamericano de Derecho Societario y la Empresa «Hacia un nuevo Derecho Societario», 2019, Rosario, Santa Fe. Publicado en el Tomo III, pág. 2573 y ss.

 

Sumario

La ponencia trata sobre el nuevo modelo organizacional que surge a nivel mundial, las empresas sociales.

El concepto de la empresa social se basa en una nueva forma de hacer negocios sostenibles y cuya conveniencia apunta a ser un vehículo mediante el cual se estructure un negocio que brinde soluciones a las problemáticas sociales.

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Los diez trabajos más consultados durante el año 2019

Gracias por los aportes y por la consulta de todos los trabajos!

Durante el año 2019 los trabajos más consultados de esta página han sido:

  1. Prescripción y caducidad en el derecho laboral argentino y el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación por Fabián Hilal.
  2. Libros de comercio obligatorios según el Código de Comercio por Susy Inés Bello Knoll.
  3. El Convenio de Desalojo en la Argentina a partir de la implementación del Nuevo Código Civil y Comercial por Jacqueline Berkenstadt.
  4. La obligación de llevar contabilidad por Susy Inés Bello Knoll.
  5. El contrato de franquicia  a partir del Código Civil y Comercial por Guadalupe Paez Callejas.
  6. Notas complementarias a los estados contables por Pablo Nacusi.
  7. El síndico societario y la responsabilidad social empresaria por Susy Inés Bello Knoll.
  8. Fideicomiso testamentario. Plazo máximo posible de ejercicio de la administración de los bienes del causante por parte del fiduciario por Ricardo Daniel Tapia.
  9. La obligación de llevar contabilidad en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación por Susy Inés Bello Knoll
  10. Análisis del art. 261 de la ley 19.550. Honorarios de directores y síndicos en la sociedad anónima por Federico Frachia Sabaris.

Abuso de la Posición Dominante y su influencia en los Mercados

Por Mayra Luciana Abraham. Tesis Maestría en Derecho Empresario Universidad Austral. año 2019. Directora: Mg. Lorena Fabris.

 

Sumario: Introducción. Capítulo I: Prácticas abusivas. I.1. Razones de su regulación. I.2. Fuentes del artículo. I.3. El trato digno. I.4. La prohibición de discriminar y la libertad de contratar. I.5. Actos violatorios Per se “Rule of reason”. I.5.1. La Regla de la Razón. I.5.2. El criterio general adoptado en la República Argentina. Capítulo II: Abuso de la posición dominante. II.1. El abuso de la posición dominante. II.2. El poder de mercado. II.3. La Relación entre la Posición Dominante y la Participación en el Mercado. II.4. Pautas para Determinar la Existencia de la Posición Dominante. II.4.1. Delimitación del Mercado Relevante. II.4.2. Determinación de la Posición Dominante en el Mercado Relevante. II.5. El Interés Económico General y el Abuso de la Posición Dominante. II.5.1. Afectación al Interés Económico General. II.5.2- Perjuicio Efectivo vs. Perjuicio Potencial. Capítulo III. Actos y conductas anticompetitivas. III.1. Actos y Conductas Anticompetitivas en la Nueva Ley 27.442: Concentración Económica. III.2. Clasificación y ejemplos de Abuso de la Posición Dominante. III.2.1. Abuso de Posición Dominante Anticompetitivo o Exclusorio. III.2.2. Abuso de Posición Dominante Explotativo. III.2.3. La Actual Legislación 27.442. Conclusión. Bibliografía.

Introducción

Los actos anticompetitivos distorsionan y alteran la libre competencia de los mercados. La normativa existente en nuestro país en materia de defensa de la competencia tiene por finalidad el control de las concentraciones económicas y el análisis de las conductas anticompetitivas. La sanción y promulgación de la ley 27.442 importó un avance significativo en el desarrollo del régimen de defensa de la competencia en la Argentina. Es un sano regreso al sendero correcto en el diseño institucional, incorporando e innovando en otras áreas, conforme lo exige la práctica más moderna en materia de defensa de la competencia en el mundo, y surgió para subsanar las carencias de las anteriores leyes 22.262 y 25.156.

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Tutela judicial efectiva de los “vulnerables”. El caso de los acreedores involuntarios. Actualidad.

Por el Magister Víctor Collado. Tesis de Derecho Aplicado de la Maestría en Derecho Empresario de la Universidad Austral, 2019. Tutor: Mg. Nicolás Di Lella.

 

Sumario: Primera Parte: I. Asesoramiento profesional de los padres del menor en la redacción del pedido de verificación tardía (Promueve incidente de verificación tardía. Formula reserva). II. Asesoramiento profesional de la fallida (Contesta traslado. Formula reserva). Segunda Parte: 1. Introducción. 2. Acreedor involuntario: breve conceptualización.  3. Tutela judicial efectiva de sujetos vulnerables. Pilares para su efectiva realización. 3.1. Estado de derecho constitucional           . 3.2. Artículos 1°, 2° y 3° del Código Civil y Comercial de la Nación. Fuente de fuentes del Código Civil y Comercial de la Nación. Principio de razonabilidad. 3.3. Activismo judicial (bien entendido).n4. Tutela judicial efectiva. 5. Acreedor involuntario: entre la operatividad de la tutela diferenciada de los “vulnerables” y el sistema cerrado de privilegios concursales. 6. La cuestión del acreedor involuntario en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Actualidad. 6.1. CSJN, “Asociación Francesa Filantrópica y de Beneficencia s/ Quiebra s/ Incidente de Verificación de crédito por L.A.R. y otros”, 6/11/2018. Fundamentos. Doctrina y jurisprudencia que avalan la solución alcanzada. 6.2. CSJN, “Institutos Médicos Antártida s/ quiebra s/ inc. de verificación (R.A.F. y L.R.H. de F.)”, 26/03/2019. Fundamentos. Doctrina y jurisprudencia que avalan la solución alcanzada. 7. Conclusiones.

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El Derecho en el tiempo de las contradicciones? Law in the Time of contradiction?

Susy Inés Bello Knoll susybelloknoll@gmail.com

Contadora y Abogada. Doctora en Derecho por la Universidad de Salamanca.

Profesora de Derecho Mercantil (Universidad Austral)

PUBLICADO EN AIS: ARS IURIS SALMANTICENSIS. VOLUMEN 6. NÚMERO 2 (2018).

 

Sumario: 1. Introducción. 2. Oximoron. 3. Las artes y las ciencias. 4. El Derecho y su contradicción. 5. Tiempos de cambio.

1. Introducción

En el cierre de los Cursos de Especialización en Derecho del mes de junio de 2018 me atreví a recordar, en el festejo de los 800 años de la Universidad de Salamanca, que se deben repasar los enigmas de la escalera del Claustro que lleva a la Biblioteca Histórica. En esa oportunidad mencioné tan solo el primer enigma que en realidad refiere directamente al sexto porque ambos tienen idéntico sentido.

Escrito en griego clásico, en este último y a la izquierda podemos leer “Siempre apresúrate despacio”. A la derecha, la expresión latina del mismo lema: “Semper festina lente”.

Esta contradictoria frase parece haber sido la favorita de Augusto según distintas fuentes históricas coincidentes entre la que se encuentra Suetonio Tranquilo, el historiador latino autor de “Los doce Césares”. Quizás este lema haya contribuido a su tarea de transformación del mundo romano y su expansión que lo llevó a ser el artífice de una época gloriosa denominada Pax Augusta.

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Vanguardia y Moda

Por Susy Inés Bello Knoll[1]. Publicado en la Revista Chilena LWYR el 18 de agosto de 2018.

 

En junio de 2018 fui invitada a dar la conferencia de cierre de la edición 43 de los Cursos de Especialización en Derecho de la Universidad de Salamanca. Estos eran los últimos cursos del año, coincidiendo con el festejo de los 800 años de la Universidad. Me embargó una emoción profunda al volver a pisar ese empedrado que transité hace algunos años como doctoranda y que ahora me recibió, nuevamente, con el brillo del retablo plateresco que mira a América.

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Oxímoros jurídicos

Por Susy Inés Bello Knoll. Publicado en la Revista de Graduados de Derecho de la Universidad Austral. Número 6. Diciembre 2018.

 

Pareciera que el estudio de los oxímoros es una cuestión de la literatura ya que es ella quien repara, para generar impacto, en esos recursos retóricos que combinan dos palabras o expresiones que son absolutamente contradictorias. Por ejemplo, claroscuro o altibajo.

Mi estimado amigo Rostam Neuwirth, profesor de la Universidad de Macau, en su libro recientemente publicado “El Derecho en los tiempos de Oxímoron. Una sinestesia del Lenguaje, La Lógica y el Derecho”[1] demuestra en forma cabal que los oxímoros no deben importan sólo a los profesionales del lenguaje sino a quienes somos trabajadores jurídicos. Su tarea ha sido ardua en la voluntad de revisar las distintas áreas del Derecho para encontrar contradicciones o paradojas. Sin duda, cada uno de sus puntos de análisis llevan a una profunda reflexión sobre la justicia y la equidad.

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