Por Carmen De Cucco Alconada[1]. Publicado el 12 de marzo de 2018 en www.saij.gov.ar Sistema Argentino de Información jurídica.
Sumario: 1. Introducción. 2. El Derecho a la imagen. 3. Conclusión.
1. Introducción
La preocupación por la imagen es una de las características más visibles de la sociedad moderna. Esclavos de su perfil, jóvenes (y no tanto) publican en redes sociales fotografías cada vez más audaces y videos de experiencias personales. Algunos adultos se resguardan en fotos de años atrás (menos kilos o más pelo). Dietas a medida del consumidor, alimentos light, grasas saturadas o trans, fitness, yoga o crossfit, tratamientos de estética: la imagen como industria. Los pacientes consultan a cirujanos plásticos si no se ven favorecidos en las fotografías que se publican en Facebook o Instagram[2]. Las empresas analizan los perfiles de los candidatos en redes sociales antes de decidir si los contratan[3] y, una vez que los toman, asocian la imagen del empleado a la de la empresa.